CONVOCATORIA SUBVENCIONES

DIPUTACIÓN DE BURGOS

 

El jueves, 11 de junio de 2020

se publicó en el BOPBUR nº 100

la convocatoria de subvenciones del

Servicio de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente

de la Diputación de Burgos.

·         Extracto del acuerdo de la convocatoria de ayudas para

el mantenimiento y mejora de agrupaciones de defensa sanitaria

de ganado ovino y vacuno de la provincia de Burgos, año 2020

·     

·         Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días hábiles

contados a partir del siguiente al de la publicación

del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

HASTA 10 DE JULIO DE 2020

·          

·         Extracto del acuerdo de la convocatoria de

ayudas a organizaciones profesionales agrarias de la provincia de Burgos

para colaborar en actuaciones de información y asesoramiento a agricultores,

año 2020

 

·         Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días hábiles

contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio

en el Boletín Oficial de la Provincia.

HASTA 10 DE JULIO DE 2020

 

VERANO

ROA DE DUERO

2020

 

Llega un verano lleno de ilusiones,

por ello hay que pensar en los más peques.

Con utilización de los espacios al aire libre,

con grupos reducidos por monitor,

con medidas de seguridad siguiendo un plan de prevención.

Para facilitar el conciliamiento familiar y laboral.

Por ello, os presentamos las diferentes actividades

programadas para vuestros hijos:

 

- Se realizarán actividades de deporte, inglés,

música, yincanas, experimentos, manualidades,

juegos de agua, piscina

(con el visto bueno de Sanidad)

y mucho más...

 

- Fechas: del 29 de junio a 7 de agosto.

Dividido en periodo semanal.

Pudiendo optar de 1 a 6 semanas.

 

- Horario General: de 09:00 a 14:00.

Se podrá elegir entre las siguientes posibilidades,

de 09:00 a 14:00

y de 10:00 a 14:00h.

 

- Edad: Nacidos de 2008 a 2016 inclusive.

 

- Beneficiate del % de descuento por estar empadronado en Roa.

 

- El precio de la actividad esta subvencionado al 46%

por el ayuntamiento.

La semana tiene un valor de 65€.

 

Todas estas actividades se podran realizar

siempre que las medidas sanitarias contra la Covid-19

lo permitan.

 

 

 

NORMAS PARA EL USO

DEL GIMNASIO DE ROA

DURANTE LA FASE 3

FASE 3 COVID-19

  1. El aforo de la sala fitness será de 10 personas por turno como máximo.
  2. En espacios cerrados, se podrá realizar actividad deportiva en grupos de hasta 20 personas, sin contacto físico y siempre que no se supere el 50% del aforo máximo permitido. Esto conlleva a la aceptación de la práctica de frontenis, sin embargo la prática de fútbol sala no está permitida ya que es un deporte de contacto.
  3. El deportista podrá acceder con un acompañante.
  4. Queda restringido el uso de duchas y vestuarios.
  5. Toda actividad deportiva en las instalación deportiva será mediante cita previa

BANDO MUNICIPAL


Don David Colinas Maté,

Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Roa,

en ejercicio de las competencias que me atribuye

el artículo 21.1.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,

Reguladora de las Bases de Régimen Local,

HAGO SABER:

Que en atención a la aplicación de la FASE 3

de las medidas de la desescalada, en el municipio de Roa,

y en relación con los artículos 11.5 y 15, apartado 2, 3 y 4

de la Orden SND/458/2020, de 30 de mayo,

para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional

establecidas tras la declaración del estado de alarma

en aplicación de la fase 3 del Plan

para la transición hacia una nueva normalidad

(publicada en el Boletín Oficial del Estado

número 153, de fecha 30 de mayo de 2020),

se autoriza la celebración del tradicional mercadillo semanal,

a partir del martes 16 de junio de 2020 y siguientes,

bajo las siguientes condiciones:


1.Lugar de celebración: Parque de La Cava,

en horario de 09:00 a 14:00 horas.


2.Se podrán instalar puestos de venta de cualquier tipo de producto,

priorizando los productos alimentarios y de primera necesidad,

así como, puestos para la venta de plantas y semillas.

Se limitará el aforo al 50%

de los puestos habituales o autorizados.


3.Los consumidores deberán de guardar

siempre la distancia de seguridad de dos metros,

durante su circulación por los puestos del mercadillo.


4.Se realizará la atención individualizada por cada empleado.

Los vendedores garantizarán la no manipulación de los productos

por parte de los consumidores.

Se respetará la distancia de seguridad interpersonal

de dos metros entre el vendedor y el consumidor.


5.Los vendedores deberán de estar provistos de mascarilla y guantes.


6.Será obligatorio el uso de mascarilla y recomendable

el uso de guantes a los consumidores.


7.Se prohíbe la venta de productos alimenticios

en régimen de autoservicio.


Se apela a la responsabilidad de los vendedores, vecinos y consumidores,

y se ruega prudencia y sentido común,

teniendo en cuenta la actual situación sanitaria.

 

En Roa,

a 13 de junio de 2020.

El Alcalde,

D. David Colinas Maté.

BANDO MUNICIPAL


Don David Colinas Maté,

Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Roa,

en ejercicio de las competencias que me atribuye

el artículo 21.1.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,

Reguladora de las Bases de Régimen Local,

HAGO SABER:

 

Que en atención a la aplicación de la FASE 3

de las medidas de la desescalada,

en el municipio de Roa,

y en relación con los artículos 18 a 21

de la Orden SND/458/2020, de 30 de mayo

(publicada en el Boletín Oficial del Estado

número 153, de fecha 30 de mayo de 2020),

y Acuerdo 7/2020, de 14 de junio,

del Presidente de la Junta de Castilla y León,

por el que se establecen medidas específicas

en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León

correspondientes a la fase 3 del Plan

para la transición hacia una nueva normalidad

(publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León

número 117, extraordinario de fecha 14 de junio de 2020),

se autoriza a la prestación del servicio

en los establecimientos de hostelería y restauración,

así como sus terrazas y,

a la reapertura de las zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos,

a partir del lunes 15 de junio de 2020,

bajo las siguientes condiciones:


- Apertura para consumo en el local que

no supere el 50% de su aforo.


- Consumo dentro del local en mesas o grupos de mesas,

preferentemente mediante reserva previa.

Deberá asegurarse el mantenimiento

de la debida distancia física de dos metros

entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas.


- En ningún caso se permitirá el autoservicio

ni el consumo en barra por parte del cliente.


- Apertura al público de las terrazas

al aire libre de los establecimientos de hostelería y restauración

limitándose el aforo al 75%.

En todo caso, deberá asegurarse que se mantiene

la debida distancia física de al menos dos metros entre las mesas

o, en su caso, agrupaciones de mesas.

La ocupación máxima será de

veinte personas por mesa o agrupación de mesas.


- No se permite la reapertura de locales de discotecas y bares de ocio nocturno,

salvo exclusivamente las terrazas al aire libre de estos locales,

en caso de tenerlas, en las que serán de aplicación

las mismas condiciones y requisitos que a las terrazas

del resto establecimientos de hostelería y restauración.


- Respecto a las zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos,

podrá procederse a la reapertura al público,

siempre que no se supere el 50% de su aforo.


Se apela a la responsabilidad de los hosteleros y restauradores,

así como, a los vecinos y clientes,

en el cumplimiento de las medidas de seguridad impuestas

y se ruega prudencia y sentido común,

teniendo en cuenta la actual situación sanitaria.

 

En Roa,

a 15 de junio de 2020.

D. David Colinas Maté.